Ofrecemos trabajos de alta calidad, con la garantía de confidencialidad y fiabilidad de los textos traducidos y con un servicio individualizado, respetando las necesidades y plazos de cada cliente y empresa.
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Nuestras actividades empezaron en 1979, por Cléstenes dos Reis, quien por más de 20 años fue el único Traductor Jurado en la región del ABC.
MREIS TRADUÇÕES está liderada por MARIANA CONRADO DOS REIS, traductora pública del idioma inglés y socia directora de M.REIS Traduções
Una traducción pública, o traducción jurada, es una traducción que tiene fe pública en todo el territorio nacional, es decir, está aceptada por las autoridades como si fuera el documento original y solo puede realizarse por un Traductor Público designado por la Junta de Comercio.
El cargo de Traductor Público sólo puede ser desempeñado por un profesional debidamente autorizado en concurso público específico e inscrito en el Registro de Comercio de cada Estado. Los traductores jurados deben seguir fielmente todas las deliberaciones y obligaciones referentes a las traducciones juradas y practicar los valores preestablecidos en las tablas oficiales.
Según el Art. 18: Ningún libro, documento o papel de cualquier naturaleza que esté redactado en idioma extranjero surtirá efecto en las oficinas federales, estatales y municipales, en cualquier instancia, Juzgado o Tribunal o entidades mantenidas, supervisadas o dirigidas por autoridades públicas, sin estar acompañadas de la respectiva traducción hecha de conformidad con este reglamento.
Así, para que un documento tenga fe pública en Brasil, debe ser traducido por un traductor jurado.
Se recomienda la traducción jurada en los siguientes casos:
Textos comunes: Pasaportes, actas del registro civil, cédulas de identidad, licencia de conducir, documentos profesionales y similares, incluidas las cartas personales que no involucren textos legales, técnicos o científicos.
Textos especiales: Jurídico, técnico, científico, comercial, incluso bancario y contable; certificados y diplomas escolares.
La traducción libre implica el mismo trabajo que una traducción jurada, pero no está sujeta a trámites de autoridades o de la Junta Comercial, lo que le da más libertad al traductor.
Durante la interpretación simultánea, el intérprete traduce el discurso al idioma de destino mientras el orador habla en el idioma de origen, utilizando un equipo de audio especial. Recomendado en situaciones formales, conferencias, seminarios, congresos o entrevistas.
En la interpretación consecutiva, el intérprete traduce después de que el orador haya terminado de hablar en el idioma de origen. El discurso está traducido en extractos. Se recomienda para situaciones más informales como reuniones de negocios, visitas o comisiones.
En traducción, la unidad de facturación es LAUDA. Cada lauda tiene 1.000 caracteres sin espacios del texto ya traducido, o aproximadamente 180 palabras.
Las traducciones juradas siguen los valores dictados por la Junta de Comerciode cada estado. Para consultar los valores vigentes basta con acceder al sitio web de la JUCESP, en “Tabla de Honorarios de Traductores Públicos e Intérpretes Comerciales”.
Las traducciones simples o técnicas no siguen la misma tabla. Los valores dependerán de la extensión y complejidad del texto y del tiempo de entrega. Los valores de referencia se pueden encontrar en el sitio web de SINTRA.
Traducción: se refiere al paso de un texto de un idioma extranjero al idioma nativo.
Versión: proceso inverso: pasar un texto del idioma nativo al idioma extranjero.
Al traducir un documento a otro idioma, la traducción debe estar autenticada. Es decir, hay que garantizar que todo lo que está presente en el documento y que ha sido traducido de un idioma a otro es cierto y que no hayaningún tipo de alteración. Para dar fe de esta fidelidad está el traductor oficial, también conocido como Traductor Público o Intérprete Comercial. Este profesional tiene fepública y está debidamente registrado en la Junta de Comercio del Estado. Esto habilita al traductor público para traducir documentos y otros elementos que requieran absoluta fidelidad y confiabilidad de la información.
Sí, la traducción jurada da fe pública a un documento escrito originalmente en un idioma extranjero. Sirve para realizar trámites legales internacionales en los que se debe presentar un documento originalmente emitido en otro país ante instituciones públicas o instituciones fiscalizadas por el gobierno federal, estatal o municipal.
Sí, las versiones de los documentos brasileños presentados en el extranjero son válidas, sujetas a ciertas reglas de legalización consular o apostilla. Ejemplos de situaciones en las que se puede requerir la versión jurada son los procesos de doble ciudadanía, intercambio, estudios en el extranjero, oportunidad de trabajo y emisión de visas y otros documentos.
A partir del 14 de agosto de 2016, entró en vigor en Brasil la “Convención sobre la Eliminación de la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros”, conocida popularmente como la “Convención de la Apostilla”. Este acuerdo define las reglas para la certificación de documentos emitidos por autoridades para que tengan valor en los demás países signatarios del acuerdo. Es decir, la apostilla no es más que un certificado que autentica el origen del documento.
Por mediode este tratado, se simplificó el proceso de legalización de documentos entre los 112 países signatarios del acuerdo, ya que permite el reconocimiento de documentos brasileños en el exterior y documentos extranjeros en Brasil. En consecuencia, en estos casos, se renuncia a la necesidad de legalización por el consulado, que se sustituye por la apostilla.
Vale la pena recordar que el Convenio de Apostilla no elimina la necesidad de traducciones juradas, ya que estas son procedimientos complementarios en el proceso de validación de documentos entre países.
Primero se debe realizar la traducción jurada del documento que se presentará en otro país y, a continuación, realizar la apostilla, tanto del documento original como del traducido.
La traducción libre abarca todo tipo de texto, lo que la hace muy solicitada en casos de necesidad de texto no oficial, como sitios web, libros, artículos, CV, etc. No va firmada por el traductor como en las traducciones juradas. Eso no quiere decir que se haga con menos dedicación y capricho.
No, la traducción jurada debe seguir la tabla determinada por la Junta Comercial de cada estado, mientras que la traducción simple se puede negociar con el cliente considerando plazo, grado de dificultad o complejidad, etc.
En traducción, una página equivale a 1000 caracteres sin espacios.
Podemos orientarle en caso de dudas. Todo dependerá del uso previsto para la traducción. Pero, en general, si es un documento, probablemente necesitará una traducción jurada.
Para convertirse en traductor jurado, es necesario presentarse a un concurso realizado por la Junta de Comercio de cada estado. En el estado de São Paulo, la última se realizó en 1999.
Las traducciones juradas siempre han sido impresas y firmadas por el traductor jurado. A partir del 19 de diciembre de 2019 se comenzaron a aceptar traducciones juradas con firma digital.
Instrucción Normativa N° 72, de 19 de diciembre de 2019
Departamento Nacional de Registro e Integración de Empresas (DREI) de la Secretaría de Gobierno Digital.
La instrucción determina en su artículo 24 que:
Las traducciones públicas podrán realizarse por medios electrónicos con el uso de un certificado digital u otro medio que permita la identificación inequívoca de la autoría e integridad de los documentos por vía electrónica.
Con la traducción firmada digitalmente es posible enviar el documento de forma rápida y segura, además de reducir costes con correos, transportista y notario. La firma digital reemplaza la certificación notarial del traductor, ya que se reconoce legalmente como una certificación válida.